En una resolución sin precedentes al menos en el pasado reciente, la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán ordenó la profundización de la investigación relativa al manejo de los fondos que la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) recibió de parte de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD). La sentencia de 182 carillas, que no está firme, dispuso en forma expresa que se analice el circuito de los $ 342 millones asignados a la casa de estudios superiores en concepto de utilidades durante el período 2006-2009. Los camaristas Ricardo Sanjuán, Ernesto Wayar y Marina Cossio adoptaron esta tesitura inusual al confirmar los procesamientos y embargos de los cuatro imputados en la causa “Eudal”: Juan Alberto Cerisola, ex rector en el período 2006-2014; la suspendida directora general de Construcciones Universitarias, Olga Cudmani; el ex subsecretario de Políticas Administrativas y Gestión, y ex diputado nacional radical Luis Sacca (empleado no docente de la UNT con la máxima categoría), y el jubilado director de Inversiones y Contrataciones, Osvaldo Venturino.
La ruta del dinero
Sanjuán, Wayar y Cossio dijeron que, cuando el expediente regrese al Juzgado Federal N°2 de origen, el juez Fernando Luis Poviña y el fiscal federal N°1, Carlos Brito, deberán arbitrar los medios necesarios para investigar la ruta de los fondos de YMAD desde su ingreso a las arcas de la UNT; su colocación en las entidades financieras y el cobro del capital con los intereses. Los camaristas explicitaron que la pesquisa ha de procurar el acceso a las declaraciones juradas patrimoniales que confeccionaron los imputados durante los años de interés (a partir de 2006). Y añadieron que el contenido de estas manifestaciones debía ser confrontado con la información disponible en los registros de bienes muebles e inmuebles, y la proporcionada por bancos y otras entidades financieras. “Corresponde evaluar si las funcionarios procesados en esta causa, que tenían capacidad de decisión en el uso de los fondos, recibieron algún tipo de beneficio por el ejercicio de ese poder. Ello, en virtud de la información requerida por la Procuraduría Adjunta de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac)”, observaron los jueces en la resolución del 1 de noviembre pasado.
La resolución de 2016
Los presuntos hechos ilícitos vinculados al manejo del dinero remitido por YMAD en concepto de utilidades abarcan la configuración de un régimen especial de contratación de obras públicas por fuera de la ley; irregularidades diversas en la ejecución de estos proyectos; colocaciones financieras anómalas y, por fin, la renuncia a la percepción de la mitad de los beneficios originales: todo ello en perjuicio del patrimonio de la UNT (ver “Las posibles maniobras delictivas...”).
El cúmulo de conductas impugnadas y las pruebas recolectadas desde 2010 llevaron al juez Poviña a procesar a Cerisola, Cudmani, Sacca y Venturino, y a trabar respectivamente embargos por $ 50 millones; $ 30 millones; $ 10 millones y $ 3 millones. Estas novedades judiciales constan en la sentencia del 7 de julio de 2016, que recurrieron los defensores Silvia Peyracchia (por Cerisola); Alfredo Falú (por Cudmani), y Carlos Marcelo Seidan y Francisco y Adriano Luna Ladettto (por Sacca). El recurso de Venturino fue articulado por la defensa pública.
Dos sobreseimientos
El origen de esta causa se remonta a las denuncias de supuesta corrupción que presentaron por separado y sucesivamente el arquitecto Ramón Eudal, y el abogado y peronista disidente Oscar López. Durante un lustro, el fiscal Brito investigó, por un lado, si la UNT había recibido de YMAD el dinero que le correspondía por las ganancias del negocio desarrollado con Minera Alumbrera y qué destino había tenido el capital remitido, y, por el otro, las reglas que rigieron esta actividad. En marzo de 2016, el juez Poviña citó a prestar declaración indagatoria como imputados a Cerisola; Sacca; Cudmani; Juan Carlos Reimundín, ex secretario administrativo; Horacio Alfredo Lobo, arquitecto e inspector de obra, y a Venturino. A posteriori, Reimundín y Lobo fueron sobreseídos.
Límites a la obediencia
Durante la revisión de la sentencia de Poviña, los camaristas Sanjuán, Cossio y Wayar desarrollaron un análisis pormenorizado del volumen ingente de documentos acumulados en la causa. Uno tras otro, desecharon cada uno de los planteos de los acusados. Por ejemplo, respecto del argumento de obediencia a las órdenes impartidas por los superiores que dio Cudmani, el tribunal expresó: “el principio general es que, en un Estado de Derecho, no pueden existir mandatos antijurídicos obligatorios, por lo tanto, el subordinado no está obligado a ejecutar la orden ilegal”.
En cuanto a Venturino, la Cámara Federal manifestó: “en su condición de director de Inversiones y Contrataciones de la UNT, tenía el deber de ejercer su rol conforme a derecho en su propio ámbito de actuación. Es decir, no sólo se encontraba obligado a no generar o a contribuir a la producción de un riesgo, sino que estaba obligado a evitar que se desencadenen determinados riesgos”.
Al analizar la imputación de Sacca, el tribunal reiteró que este intervino activamente junto a Cerisola en la constitución de plazos fijos y otras colocaciones financieras por fuera de la ley, en entidades de segunda línea o sin antecedentes, y con rendiciones de cuentas deficitarias o incompletas. “Las conductas asumidas por ambos imputados revelan una inobservancia expresa de la normativa mediante un abuso funcional y el incumplimiento de los deberes que les imponían los cargos que ejercían”, expresó.
El ex rector recibió el reproche más pesado. Sanjuán, Cossio y Wayar manifestaron que había fundamentos para presumir que durante el período 2006-2009 y en el ámbito de su competencia, Cerisola había violado dolosamente sus deberes de garante de la preservación del patrimonio de la alta casa de estudios produciendo un perjuicio millonario al erario. Y precisaron: “ello se ve reflejado en el apartamiento infundado de los mecanismos legales para el manejo de los fondos públicos -provenientes del YMAD- tanto en relación a la contratación de obras de infraestructura edilicia como a los depósitos de dichos fondos en entidades bancarias y financieras, y respecto de la renuncia arbitraria a la percepción del 40% de las utilidades que correspondían a la UNT hasta la terminación de la ciudad universitaria”.
Las posibles maniobras delictivas descriptas en la causa "Eudal"
El caso iniciado por la Justicia Federal en 2010 como consecuencia de presuntas denuncias de corrupción en la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) abarca un entramado complejo de hechos. Toda la investigación gira alrededor del uso dado a los $ 342 millones que la UNT recibió en el período 2006-2009, en concepto de utilidades de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD). La pesquisa de la causa “Eudal” (denominada así por el denunciante Ramón Eudal) fue desarrollada por el fiscal federal N°1, Carlos Brito (retrato de la izquierda), mientras que el juez federal N°2, Fernando Luis Poviña (foto derecha), dictó los procesamientos con embargos de los imputados Juan A. Cerisola, Luis Sacca , Osvaldo Venturino y Olga Cudmani. El 1 de noviembre, la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó la resolución de Poviña y ordenó la profundización de la investigación del “circuito del dinero”. La causa describe cuatro posibles maniobras delictivas: 1) La configuración de un régimen especial de contrataciones por fuera de la ley. En 2008, el ex rector Cerisola decidió, mediante la Resolución 336/08, apartarse del Régimen de Obras
Públicas de la Ley 13.064, para la ejecución de los proyectos financiados con fondos de YMAD. Además, asignó funciones de ejecución y fiscalización a la Dirección de Construcciones Universitarias de Cudmani y colocó esta oficina bajo su exclusiva órbita. Y subió el límite del monto permitido para la contratación directa (sin licitación). 2) Irregularidades en las obras públicas. Según la Justicia Federal, los proyectos edilicios con fondos de YMAD fueron ejecutados sin controles y con un grado de desorden evidente. La resolución de la Cámara Federal consigna que, en ese ámbito, la UNT pagó sobreprecios de hasta el 116% en una docena de obras; anticipos financieros irregulares y hasta el mayor costo consistente en el reconocimiento -por parte de Venturino- al contratista de los trabajos de la Facultad de Derecho de montos superiores a los que este había reclamado. Pero también se advirtieron falencias en la confección de las bases de contratación y compras indebidas o ajenas a los proyectos, entre otros vicios. 3) Colocaciones financieras anómalas. La investigación halló que Cerisola y Sacca administraron de forma irregular el dinero que recibían de YMAD al colocarlo en el sistema financiero sin hacer una licitación; sin evaluar adecuadamente el riesgo respecto del rendimiento y sin practicar las rendiciones de cuentas debidas. Todo ello ocurrió en transgresión a la ley vigente, según la pesquisa, donde constan “faltantes” millonarios. 4) La renuncia a la percepción de utilidades de YMAD. El 2 de enero de 2008, Cerisola dio por terminada “la ciudad universitaria”, situación que implicaba dejar de percibir la mitad de las utilidades pactadas originariamente (40%). La causa indica que carecía de facultades para hacer esta renuncia, y que no citó antecedentes ni informes técnicos que la justificaran. Además, se observó que, durante la gestión del ex rector, YMAD no giró los porcentajes acordados ni antes ni después de la resignación de utilidades.